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Carla Mares: “La legislación actual no favorece ni al Estado ni a los mineros informales”

13 septiembre, 2024

La amenaza de la minería ilegal no solo radica en un problema ambiental, sino que afecta directamente en los niveles sociales y económicos de nuestro país. El Decreto Legislativo 1105 define a los mineros ilegales como aquellos que no cumplen con las exigencias estipuladas, e incluye también a quienes operan en zonas prohibidas; en contraparte, la minería informal solo involucra a quienes no han iniciado un proceso de formalización. El marco legal actual los introduce a ambos en “un mismo saco”. Para ampliar el análisis, conversamos con Carla Mares, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico e investigadora del CIUP, quien señala que el compromiso político es clave para combatir la problemática del sector minero en nuestro país.

La minería ilegal amenaza a 32 distritos y 22 ríos en la Amazonía peruana, según el último informe de la Fundación para la Conservación y el Desarrollo Sostenible (FCDS). En el marco legislativo, ¿qué faltas están involucradas en el delito de minería ilegal?

La minería ilegal es un delito que está tipificado en nuestro Código Penal; por lo tanto, para analizarlo legalmente se debe tomar en cuenta que hay tres acciones principales que pueden ser sancionadas: la exploración, la explotación y la extracción.  

Este delito tiene una pena privativa de libertad no menor de 4 años ni mayor de 8 años. De igual modo, es importante saber que cada actividad sin autorización administrativa es sancionada de distinta manera en cuanto a la suspensión de operaciones; ello, sin duda, podría resolverse de manera más eficiente con la prohibición de un posterior proceso de formalización.

La comisión de este delito puede presentar agravantes; por ejemplo, si las acciones se desarrollan en zonas prohibidas o cuando se usan instrumentos y maquinarias que pueden poner en peligro la vida o la salud.

En los últimos meses, la disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1607 causó revuelo por la posterior suspensión del proceso de formalización minera supervisada por el REINFO. Frente a este escenario, ¿cómo describe la legislación actual en el rubro minero? ¿Quiénes son los entes encargados de regular los vacíos legales que puedan surgir?

Desde 2002, que es cuando se presenta la primera ley que busca impulsar la formalización de la minería, se han propuesto distintas alternativas hasta llegar a la regulación del proceso integral de formalización minera. No obstante, es evidente que a la fecha no se ha llegado al resultado esperado. Los números hablan por sí solos: de los casi 500 mil mineros artesanales y de pequeña escala, poco menos de 17 mil son los inscritos activamente en el REINFO.

En este contexto, se promulga el Decreto Legislativo 1607 que da luz verde a que la minería informal siga reinando en nuestro país. Esta norma señala que si alguien está inscrito en el REINFO -sea cual sea su condición (activo o suspendido)- puede ejercer la actividad minera sin ningún tipo de control ni fiscalización; dándose así cobertura al ejercicio informal de la minería.

Al no haber una fecha límite para cumplir con todos los requisitos de la inscripción, se está diseñando un esquema “temporal” (sin fin) que está siendo aprovechado por los ilegales, generando ingresos que no tributan y afectando el medio ambiente. La normativa actual no favorece ni al Estado ni a los mineros informales.

Creo que es una irresponsabilidad del gobierno, y en este caso del Congreso directamente por haber dado pase a esta norma. Falta un verdadero compromiso político para combatir la minería ilegal y establecer políticas claras y firmes.

Los operativos contra la minería ilegal no han logrado el efecto esperado y el Ejecutivo ha reducido el presupuesto para ello. Bajo su análisis, ¿cómo una cultura tributaria ayuda a mejorar este asunto?

Cabe resaltar que si bien el componente tributario es importante, no es el único ni tampoco el factor determinante para que un minero deje de ser informal.

Actualmente, no hay un régimen tributario especial que otorgue beneficios al sector minero ni tampoco a la minería artesanal. Es más, usualmente, por el volumen de ingresos, todos los mineros tributan en el régimen general, sin distinguir si son grandes, medianos o pequeños. En este sentido, consideramos que debería hacerse una modificación en el Régimen Especial de Renta (RER) o en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) para que los mineros medianos y pequeños puedan calificar en estos regímenes (calificándolos no por el ingreso neto anual, sino por el volumen de producción).

Otra posibilidad es diseñar un régimen especial para la minería artesal que comprenda no solo temas tributarios sino también laborales, administrativos, entre otros (tal como se hizo con el sector agrícola, con mucho éxito). De esta manera se podría dar un trato fiscal más adecuado a los mineros artesanales, atendiendo a su realidad y a sus posibilidades, a la vez que se facilita el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y se fomenta su formalización. 

Recientemente mencionó que la MAPE se encuentra un régimen tributario con exigencias que van más allá de lo económico. ¿Cuáles son estos que obstáculos que afronta la MAPE en la búsqueda de su formalización?

Un gran reto es resolver el tema administrativo que hay detrás de la formalización, es decir, todo el trámite y la burocracia que compromete este proceso y que obliga, muchas veces, a los mineros artesanales a contratar “tramitadores”. Un desafío importante que tiene el Estado (no solo en este campo) es simplificar todos los procesos y trámites, trazando un camino más viable, simple y seguro para que los ciudadanos podamos cumplir con nuestras obligaciones. Los largos, costosos y complejos (cuando no, reiterativos) pasos que deben seguirse para cumplir con determinadas exigencias desaniman y desorientan a cualquier persona, además de encarecer su costo. Esto, sin duda, genera más corrupción. 

Otro desafío de la minería artesanal tiene que ver con las concesiones mineras. En este aspecto, las autoridades deberían tener un rol más activo (de mediadores, quizá, entre las comunidades y la gran empresa minera). Hay una gran tarea en todo lo que corresponde a contratos vinculados a las tierras que se explotan. El Estado tiene realmente la posibilidad de dar solución a esta y otras situaciones que agravan el contexto del sector minero en perjucio de todos y de todo: economía, seguridad, medio ambiente, paz social. 

Continúa leyendo Punto de Equilibrio N° 53: Minería y sostenibilidad: una sinergia necesaria. Consulte aquí las ediciones pasadas del boletín Punto de Equilibrio.

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